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Las patentes que matan PDF Imprimir E-Mail
Escrito por beu   
martes, 20 de diciembre de 2005
Raoul Jennar, MichelCollon.info

Traducido del francés para Rebelión por Felisa Sastre

Desde principios de este año, países como Sudáfrica, India, Kenia o Tailandia ya no tienen derecho a fabricar medicamentos genéricos libres de patentes. En efecto, el 31 de diciembre acababa un periodo de 10 años, considerado transitorio, para la aplicación a los países en desarrollo del Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual en el Comercio (ADPIC, en su sigla francesa). Estos países ya no pueden disponer libremente de los medicamentos aparecidos a partir de 1995.

El ADPIC establece en veinte años la duración de la patente de los medicamentos que, antes de la firma de este Acuerdo, variaba entre 5 y 15 años según los países. Durante veinte años se prohíbe a cualquier empresa farmacéutica fabricar genéricos de las nuevas sustancias, lo que excluye a las personas con ingresos modestos del acceso a los nuevos tratamientos, y la salud se reserva para quienes pueden pagar. El ADPIC es uno de los Acuerdos negociados en el marco de la Ronda de Uruguay, firmados en 1994 y gestionados por la Organización Mundial del Comercio (OMC). La paradoja de este acuerdo es que establece protecciones en nombre de la lucha contra el proteccionismo. Puesto en marcha por una institución que convierte el libre cambio, el acceso al mercado, la privatización de todas las actividades, la competencia y la concurrencia en el principio y fin de las relaciones humanas, protege a los propietarios de las patentes. Ciertas disposiciones del ADPIC se refieren explícitamente a los productos farmacéuticos, como si las medicinas fueran una mercancía; como si un medicamento tuviese como fin principal servir a la rentabilidad de las empresas farmacéuticas; como si los tratamientos terapéuticos no debieran estar al margen de las reglas del mercado.

Ante este argumento, los defensores del ADPIC contestan que las patentes y los ingresos que les producen son indispensables para financiar la investigación y el desarrollo. Es el argumento típico de las industrias farmacéuticas y de sus grupos de presión pero olvidan reconocer que menos del 10 por ciento de la investigación médica se dedica a las enfermedades que afectan al 90 por ciento de la población mundial. Apenas un uno por ciento de los nuevos medicamentos que aparecen en el mercado tienen relación con esas enfermedades.

El ADPIC ha tenido una consecuencia inmediata: el que los precios de las medicinas se disparen. Pero de lo que se trata no es del comercio sino de la salud como un indicador real de desarrollo. Once millones de personas mueren al año por enfermedades infecciosas sin haber tenido acceso a los medicamentos esenciales, es decir 30.000 diarias. Dos mil millones de seres humanos no tienen acceso a la asistencia sanitaria básica porque resulta demasiado costosa. En resumen, el derecho a la salud de la mayoría va por detrás de los beneficios de unos cuantos.

El efecto directo del ADPIC finalmente se reconoció durante la reunión ministerial de la OMC en Doha, en noviembre de 2001: la reglamentación de las patentes tiene una repercusión directa en el precio de las medicinas. Los ministros expresaron el deseo de que el ADPIC ?no impidiera a los Estados tomar medidas para proteger la salud pública? y afirmaron que el ADPIC no debía impedir ?que se protegiese la salud pública, y en particular la fomento del acceso a todos los medicamentos?. Expresaron, asimismo, el deseo de que no se planteara ninguna queja contra un país que, disponiendo de la capacidad de producción farmacéutica, hubiera recurrido al aprovechamiento de la ?licencia obligatoria? (es decir la producción de medicamentos genéricos sin consentimiento del propietario de la patente), y autorizaba la fabricación de medicinas de calidad a bajo precio. El asunto sólo afectaba a unos pocos países: Sudáfrica, Brasil, India, Kenia, Tailandia...en cuanto a la inmensa mayoría de los países que sufren numerosas enfermedades mortales y que no disponen de industria farmacéutica, un acuerdo firmado el 31 de agosto de 2003, les permitía recurrir a ?importaciones paralelas? (el derecho a importar medicamentos del país donde son más baratos, sin autorización del propietario de la patente). Pero este Acuerdo impone tantas condiciones que resulta impracticable.

Ahora que han acabado las exenciones para los países del Sur que tienen capacidad de producción farmacéutica, ¿para qué sirven los compromisos que favorecían a quienes no pueden producir medicamentos, que dependen en su totalidad de ellos y que no podrán conseguir medicamentos genéricos? Las patentes matan a los enfermos.

Mientras que la OMC va a celebrar su VI Conferencia ministerial a mediados de diciembre, es necesario resaltar que el acceso a los medicamentos esenciales sigue coartado por el ADPIC a pesar de los documentos de 2001 y 2003 para interpretarlos. Muy por el contrario, se ve el sistemático rechazo de esas interpretaciones por parte de los países ricos. Éstos, cada vez que negocian un acuerdo de libre intercambio bilateral, introducen en él disposiciones que aumentan la protección de las patentes más allá de las previsiones del propio ADPIC. En lugar de ampliar la flexibilidad del ADPIC en este campo vital del acceso a las medicinas, la Unión Europea- es decir, los 25 gobiernos, entre ellos el nuestro- y Estados Unidos tratan de que desaparezca.

Y lo que es más fundamental, diez años después de la entrada en vigor del ADPIC, que prometía un crecimiento de la Investigación y Desarrollo gracias a la protección de las patentes, estamos muy lejos de conseguirlo. Tal como lo señala el Dr. Karim Laouabdia, uno de los responsables de Médicos Sin Fronteras internacional, ?en lo relativo a las necesidades de los países en desarrollo, las promesas no se han cumplido. El sistema de patentes se suponía que iba a estimular la innovación pero no existe mecanismo alguno para orientar esa innovación y el sistema se mueve por la búsqueda de beneficios?.

La posibilidad de que los países que no pueden producir medicamentos genéricos los importasen se introdujo en el Acuerdo de 2003 mediante una derogación provisional de lo dispuesto en el ADPIC. Para activar esta derogación, los países importador y exportador deben hacerlo al mismo tiempo, notificarlo a la OMC y demostrar que cumplen las numerosas condiciones impuestas en 2003. Así que, a lo largo de estos dos años pasados no se ha presentado ninguna notificación a la OMC. Como lo confirman en MSF ?no existe la más mínima prueba de que este acuerdo funcione de forma efectiva?. Lo que en resumen, significa que no se ha aportado solución alguna al problema del acceso a los medicamentos esenciales. Nada ha cambiado: mientras tanto, 30.000 personas mueren cada día por no haber podido recibir los cuidados que necesitaban.

Frente a esta tragedia, los países africanos no quieren ya soluciones provisionales que no funcionan y exigen que se adopte en Hong Kong, durante la próxima reunión de ministros, una reforma del ADPIC que aporte una solución definitiva que permita la fácil exportación e importación de los genéricos. Los países africanos han presentado en la OMC una propuesta detallada que supone un documento de base para la negociación.

El 25 de octubre, en el curso de una reunión del Consejo del ADPIC en la Organización Mundial del Comercio, Estados Unidos se ha negado a que la modificación del ADPIC vaya más allá de unos simples retoques técnicos de los acuerdos de 2003 imposibles de llevar a la práctica. La Unión Europea ha adoptado la misma posición, y lo mismo han hecho Australia, Japón, Nueva Zelanda y Suiza. En sentido contrario, Brasil, China, India, Jamaica y Filipinas han apoyado la propuesta africana.

Hace unos días, la Comisión Europea ha confirmado al Parlamento europeo los aspectos esenciales de la posición que defiende Europa en esta materia: ?La Comisión no ve la necesidad de una reunión especial en la OMC para examinar si las actuales normas sobre patentes de la OMC son suficientes para solucionar las necesidades de los países en desarrollo en relación con la salud pública. El ADPIC, la declaración de Doha y la resolución del 30 de agosto de 2003 ofrecen la suficiente flexibilidad para permitir a los miembros de la OMC la protección de la salud pública y la promoción del acceso a los medicamentos?. Es decir, una desestimación completa de la demanda de los países más afectados.

Una vez más, la OMC no puede ocultar lo que es en realidad: el lugar donde los países más ricos se esfuerzan en imponer su ley a la totalidad del planeta.

Y de nuevo, la Unión Europea, en sentido contrario a su generosa retórica que ya no engaña a nadie, no se pone del lado de los más débiles. Nuestros 25 gobiernos apoyan a una Comisión europea que sólo sirve a los intereses de las empresas farmacéuticas. Poco importan los millones de vidas sacrificadas en el altar de los beneficios.

Sin una decisión de modificar el ADPIC para que puedan acceder a los medicamentos aquellos que tienen necesidad de ellos, es preferible que en Hong Kong no se tome decisión alguna. Eso es lo más importante porque se trata de la vida o de la muerte.

Raoul Marc Jennar es investigador en el URFIG y en la FundaciónCopérnico.
 
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